Según la RAE el concepto heteronimia se define como; fenómeno por el cual dos palabras que corresponden a dos términos gramaticales en oposición proceden de raíces diferentes; por ejemplo, toro-vaca, caballo-yegua. Es decir, dos conceptos opuestos pero necesariamente emparejados.
Aplicando este término a la política actual obtenemos nuevos ejemplos; banco-malo, PP-recortes o PSOE-oposición.
Sírvanse seguir buscando nuevas heteronimias.